Extracto artículo N° 3 de los estatutos:
El Colegio Criminalistas de Chile COLCRIM tiene como fin esencial promover y velar por la racionalización, progreso, protección, prestigio y prerrogativas de los Criminalistas de nuestro país, por su digno, regular y recto ejercicio; vigilar la observancia de la ética profesional; fomentar el perfeccionamiento académico y el bienestar de sus colegiados y otorgar el amparo debido. Junto con la representación de las Ciencias Criminalísticas y Forenses.
Además los siguientes objetivos:
A) La ordenación del ejercicio profesional de Criminalista.
B) La defensa de los derechos e intereses profesionales de los Colegiados.
C) Velar por la satisfacción de los intereses generales relacionados con el ejercicio de la profesión de Criminalista.
D) Dictar y ejercer el control deontológico, junto con la potestad disciplinaria en el orden colegial. La aplicación del régimen doctrinario en garantía y contribución de la sociedad, velando por la formación, ética y dignidad profesional, el respeto a los valores y doctrinas ejercidas para el desarrollo de sus competencias, además del respeto por las leyes vigentes y el derecho ajeno.
E) Prestar protección a sus colegiados, promoviendo departamentos de asistencia, amparo y ayuda en beneficio de sus miembros.
F) Colaborar al Sistema Jurídico, en el funcionamiento, mejora y promoción, en aras del progreso, utilidad, atención y empleo de las Ciencias Auxiliares del Derecho, contribuyendo a perfeccionar el régimen jurídico de la Profesión del Criminalista, emitiendo opinión en cuanto a lo que respecta a la defensa y fortalecimiento del Estado de Derecho y la correcta y expedita administración de la justicia, en fomento a la aplicación de ella.
G) Proponer a las autoridades que competentes proyectos de modificaciones legales o reglamentarias atingentes a la profesión.
H) Fomentar la constante mejora de la calidad de las prestaciones profesionales Criminalísticas mediante la formación, especialización y perfeccionamiento profesional permanente, tanto científico como tecnológico de sus miembros, pudiendo realizar esta función directamente o mediante convenios con Universidades e Instituciones especializados en materias que contribuyan a las Ciencias Criminalísticas, laboratorios especializados públicos o privados, Institutos docentes o de investigación. Las instituciones antes señaladas podrán ser nacionales o extranjeras.
I) Estimular y promover la investigación científica, innovación y desarrollo de las Ciencias Criminalísticas.
J) Organizar, promover, y realizar congresos nacionales como internacionales.
K) Coordinar su acción con Organismos e Instituciones consultivas o concernientes al desarrollo y auge de las Ciencias Criminalísticas, tanto nacionales como extranjeras, a fin de alcanzar íntegramente los fines del Colegio.
L) Mantener contacto con Universidades nacionales y extranjeras, con el objeto de conocer los programas y métodos de estudio para los Criminalistas, a fin de relacionar los conocimientos, con el fin de participar, promover, coadyuvar e informar sobre cualquier vía de acceso a la vida profesional de los nuevos titulados, y su perfeccionamiento.
M) Fomentar la cooperación y difundir los conocimientos profesionales por medio de debates, foros, conferencias, publicaciones técnicas y otros medios de difusión, requiriendo y prestando asistencia a Universidades, Sociedades Científicas, Fundaciones, ONGs, Colegios Profesionales y autoridades públicas y privadas en todo lo que conduzca a las finalidades propias del Colegio.
N) Crear bibliotecas y centros de documentación de carácter profesional, editar obras y revistas que tiendan al perfeccionamiento de nuestros colegiados.
O) Organizar y promover servicios comunes y actividades de interés para los colegiados de carácter formativo, cultural, asistencial, de previsión, protección y otros análogos.
P) Procurar la armonía y colaboración entre los colegiados, fomentar la solidaridad y evitar la competencia desleal entre los mismos.
Q) Establecer criterios orientativos sobre honorarios profesionales, informar y dictaminar sobre honorarios profesionales en materia judicial o administrativa, o a solicitud de los colegiados.
R) Establecer un sistema de información a los colegiados acerca de los adelantos científicos y técnicos que ocurran en el área profesional.
S) Otorgar reconocimientos a los Criminalistas, que se hayan destacado en el ejercicio de la profesión, en la docencia, en la investigación, en la asistencia o gremial.
T) Denunciar o deducir querella ante los tribunales competentes por todo acto que llegue a conocimiento del Colegio, y que esa constitutivo del ejercicio ilegal de la profesión.
U) Ejercer iniciativas o acciones que sean menesteres, encauzadas para el cumplimiento de los fines y funciones, expresados en los apartados precedentes y en primordial, para asegurar el ejercicio profesional según principios de ética, dignidad, así como libre y leal competencia.
V) Promover la imagen de la profesión desde el enfoque de sus derechos, deberes y principios, y su inserción en la sociedad chilena.